Después de varios tropiezos legislativos, la nueva reforma laboral del presidente Gustavo Petro finalmente fue sancionada esta semana. Algunos de los principales cambios son el aumento del pago extra por dominicales y festivos, así como la modificación en los contratos de aprendizaje del SENA. Además, la norma contempla exigir el pago de seguridad social a los conductores de aplicaciones de reparto como Rappi, y otros trabajadores que se encontraban en el “limbo” de la informalidad.
La nueva reforma laboral empezará a regir a partir del 1 de julio. Uno de los cambios más significativos es que los empleados comenzarán a recibir recargo nocturno desde las siete de la noche, y ya no desde las nueve. Para esto, se tendrá un plazo de seis meses para implementar el cambio.
También le puede interesar: Reforma pensional 2025: a puertas de su entrada en vigencia
Así mismo, se ratifican disposiciones de una ley anterior, según la cual la semana laboral pasará de las 48 horas vigentes en 2023 a 42 horas en 2026. A partir del próximo mes, el tiempo de trabajo máximo semanal se reducirá de 46 a 44 horas.
Otro cambio notorio es que los contratos de trabajo a término fijo no podrán renovarse indefinidamente, y tendrán un ciclo máximo de cuatro años.
Después de sancionada la ley, se espera que el Ministerio de Trabajo comience a expedir los decretos que reglamentarán la forma y el cómo de estos cambios.
Sin embargo, hay puntos como el trabajo de las personas mayores, que no se abordarán en esta reforma.
La nueva reforma laboral y las personas mayores
En primera instancia, la reforma contempla a los “prepensionados” como sujetos de estabilidad laboral reforzada. Esto significa que si una persona mayor tiene un contrato formal de trabajo (indefinido o fijo), sólo podrá ser desvinculada si existe una justa causa o una causa legal. Se consideran pre pensionados quienes estén a tres años o menos de cumplir el mínimo de semanas de cotización, o cuando, teniendo las semanas requeridas, les falte igual tiempo para cumplir la edad pensional (57 años para las mujeres y 62 para los hombres).
Además, el artículo 45 de la nueva reforma laboral establece la posibilidad de pactar una jornada flexible apoyada en tecnología para cualquier trabajador que tenga responsabilidades de cuidado con personas mayores, lo que representará un alivio para los cuidadores.
A pesar de lo anterior, es notable que esta reforma no tenga un enfoque específico en el adulto mayor, a pesar del crecimiento de esta población en el país.
En ese sentido, la Ley 2040 de 2020 sigue siendo la única herramienta clave para impulsar el empleo de las personas adultas mayores que no gozan de pensión, promoviendo su autonomía y autosuficiencia económica.
Esta ley establece que los obstáculos que deben declarar renta pueden obtener un beneficio tributario si contratan personas que ya tienen la edad de pensión, pero que no reciben pensión (ni de vejez, ni familiar, ni de sobrevivencia). El beneficio consiste en poder descontar el 120% del salario y las prestaciones sociales que les pagan a estas personas.
También le puede interesar: ¿Cómo acceder al subsidio del adulto mayor?
Para acceder a este beneficio:
Estas personas deben representar al menos el 2.5% del total de empleados, si la empresa tiene menos de 100 trabajadores.
Si la empresa tiene más de 100 empleados, este porcentaje sube 0.5% por cada 100 trabajadores adicionales, hasta un tope máximo del 5% del personal.
Además contempla que las entidades territoriales pueden crear estímulos para los trabajadores que contraten a personas que no sean beneficiarios de pensión y que hayan cumplido la edad establecida por la Ley.
Finalmente, esta ley impulsó la creación del sello amigable “Adulto Mayor”, que identificará a las empresas que integran en su planta laboral a personas mayores no pensionadas, de acuerdo con los roles definidos por el Ministerio de Trabajo.
Las garantías laborales para las personas mayores siguen siendo inciertas pese a la sanción de la nueva reforma, es evidente que el edadismo persiste en el ámbito laboral, lo que podrá costar al país grandes pérdidas económicas y en materia productiva, ya que son fuerza laboral no apreciada.
Fuentes:
La reforma laboral en Colombia ya es ley: ABC de su entrada en vigencia | Francia 24, 2025
Puntos clave de la reforma laboral 2025 aprobada por el Senado | Actualización, 2025
TRABAJO POR EL CAMBIO Reforma Laboral | 2025
Los 5 puntos clave de la reforma laboral | Congreso de la República de Colombia, 2025